Del acuerdo verbal a la escritura pública

Del Contrato de Arras a la Firma en Notaría

El contrato de arras fija una señal del 10% del precio y marca el calendario hasta la notaría: si el comprador se retracta pierde esa señal, y si es el vendedor quien incumple, debe devolver el doble. Entre la firma de arras y la escritura suelen pasar de 30 a 60 días.

Línea de tiempo: de la señal a la escritura

Línea de tiempo desde el contrato de arras hasta la firma en notaría Día 0 contrato de arras con señal del 10%, día 20 solicitud de hipoteca y tasación, día 35 oferta vinculante, día 30 a 60 firma en notaría. Día 0 Arras, señal 10% Día 15–20 Solicitud hipoteca y tasación Día 30–40 Oferta vinculante (FEIN) Día 30–60 Firma en notaría
Figura 1. Desde la firma del contrato de arras (día 0, señal del 10%) hasta la escritura en notaría suelen pasar entre 30 y 60 días, con la tasación y la oferta vinculante de la hipoteca como hitos intermedios.

Tabla: qué ocurre en cada momento y qué cuesta

Del contrato de arras a la firma: hitos, plazos e importes
Momento Plazo desde arras Importe en juego Responsable
Firma del contrato de arras Día 0 10% del precio Comprador entrega la señal
Solicitud de hipoteca Día 15–20 300–600 € (tasación) Comprador
Tasación del inmueble Día 20–30 Fija el 80% máximo Tasador del banco
Oferta vinculante (FEIN) Día 30–40 Condiciones finales Banco
Firma en notaría Día 30–60 90% restante + gastos Comprador y vendedor
Desistimiento del comprador En cualquier momento antes de firmar Pierde el 10% (señal) Comprador
Incumplimiento del vendedor En cualquier momento antes de firmar Devuelve el 20% (el doble) Vendedor

Procedimiento completo, paso a paso

  1. 1
    Día 0Firma del contrato de arras

    Comprador y vendedor fijan precio, plazo hasta la notaría y la señal, habitualmente el 10% del precio.

  2. 2
    Día 15–20Solicitud de hipoteca

    El comprador presenta el contrato de arras al banco junto con su documentación de ingresos.

    Riesgo en esta fase: desistimiento del comprador, que pierde la señal entregada si decide no continuar.

  3. 3
    Día 20–30Tasación del inmueble

    El tasador designado por el banco visita la vivienda y fija el valor sobre el que se calculará el 80% máximo.

    Riesgo en esta fase: tasación por debajo del precio, que reduce el importe que el banco está dispuesto a prestar.

  4. 4
    Día 30–40Oferta vinculante del banco

    El banco entrega la FEIN con las condiciones definitivas; el comprador tiene un mínimo de 10 días para revisarlas.

    Riesgo en esta fase: denegación de la hipoteca, que obliga a buscar otro banco dentro del plazo de arras o a perder la señal.

  5. 5
    Día 30–60Firma en notaría

    Se firma la escritura de compraventa y, si la hay, la hipoteca; se paga el resto del precio, impuestos, notaría y registro.

    Riesgo en esta fase: incumplimiento del vendedor, que debe devolver el doble de la señal si se retira en este punto.

  6. 6
    Después de la firmaInscripción en el Registro

    La notaría envía la escritura al Registro de la Propiedad para inscribir al comprador como nuevo titular.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si no consigo la hipoteca después de firmar las arras?

Depende de lo que diga el contrato; si no incluye una cláusula de condición suspensiva por financiación, el comprador que no logra la hipoteca se considera en desistimiento y pierde la señal entregada, normalmente el 10% del precio.

¿Puedo recuperar la señal si el vendedor incumple?

Sí, en un contrato de arras penitenciales, si el vendedor se retira debe devolver el doble de la señal recibida, es decir, el comprador recupera su 10% más otro 10% adicional del vendedor.

¿Es obligatorio firmar un contrato de arras?

No es obligatorio por ley, pero es una práctica extendida porque fija el precio, el plazo y las penalizaciones antes de acudir a notaría, lo que da seguridad a ambas partes durante la tramitación de la hipoteca.

¿Cuánto dura normalmente el proceso desde las arras hasta la notaría?

Entre 30 y 60 días, un plazo que suele coincidir con el tiempo que tarda el banco en tasar la vivienda y emitir la oferta vinculante de la hipoteca.

¿Qué diferencia hay entre arras penitenciales y confirmatorias?

Las arras penitenciales permiten desistir a cambio de perder o devolver el doble de la señal; las confirmatorias no permiten el desistimiento libre y obligan a cumplir el contrato o reclamar judicialmente, por lo que conviene que el tipo de arras quede explícito en el documento.

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